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Calculadora de salario neto 2026

Calcula cuánto te queda del salario después de los descuentos obligatorios. La herramienta separa el ingreso base de cotización, aplica los aportes de ley y estima la retención en la fuente con la tabla del artículo 383 del Estatuto Tributario.

Ingresos del mes

Agrega tus deducciones certificadas para una estimación más precisa.

Comisiones, horas extras, recargos y bonificaciones salariales del mes.

Auxilios pactados como no salariales (CST art. 128). No entran al IBC, pero sí a la base de retención.

Libranzas, préstamos, cooperativas o embargos.

Auxilio de transporte

El IBC de seguridad social corresponde al 70% del salario integral.

Deducciones para la retención en la fuente

Solo aplican si entregaste los certificados a tu empleador. Son opcionales.

Máximo 100 UVT al mes.

Máximo 16 UVT al mes.

Renta exenta sujeta al límite global del 40%.

Deducción del 10% del ingreso bruto, hasta 32 UVT al mes.

Completa estos datos para ver el resultado

  • Ingresa el salario básico mensual.

Fórmulas utilizadas

Del salario bruto al neto, concepto por concepto.

1. Ingreso base de cotización (IBC)

IBC = salario básico + pagos variables salariales IBC en salario integral = salario × 70%

El auxilio de transporte y los pagos pactados como no salariales no entran al IBC. El tope del IBC es de 25 salarios mínimos.

2. Aportes a cargo del trabajador

Salud = IBC × 4% Pensión = IBC × 4% Fondo de solidaridad = IBC × tasa del tramo (solo desde 4 SMLMV)

Tasas del fondo de solidaridad pensional por tramo de IBC
IBC en salarios mínimosTasa
Desde 4 hasta 161,0%
Desde 16 hasta 171,2%
Desde 17 hasta 181,4%
Desde 18 hasta 191,6%
Desde 19 hasta 201,8%
Más de 202,0%

3. Depuración de la base de retención (procedimiento 1)

Ingreso neto = ingreso bruto − aportes obligatorios Base = ingreso neto − deducciones − rentas exentas (incluido el 25%)

El 25% de renta exenta tiene un tope de 790 UVT al año, y la suma de deducciones y rentas exentas no puede superar el 40% del ingreso neto ni 1.340 UVT al año.

4. Tabla del artículo 383 del Estatuto Tributario

Tarifas de retención en la fuente para ingresos laborales
Base gravable en UVTTarifa marginalRetención en UVT
De 0 a 950%0
De 95 a 15019%(base − 95) × 19%
De 150 a 36028%(base − 150) × 28% + 10
De 360 a 64033%(base − 360) × 33% + 69
De 640 a 94535%(base − 640) × 35% + 162
De 945 a 230037%(base − 945) × 37% + 268
Más de 230039%(base − 2300) × 39% + 770

El resultado en UVT se multiplica por el valor de la UVT del año y se aproxima al múltiplo de mil más cercano.

Ejemplo práctico paso a paso

Salario alto con retención en la fuente, calculado con la UVT oficial de 2026 ($ 52.374).

Salario de $ 9.000.000 sin deducciones certificadas

Datos

Salario básico
$ 9.000.000
Auxilio de transporte
No aplica (supera 2 SMLMV)
UVT 2026
$ 52.374
Salario mínimo 2026
$ 1.750.905

Paso a paso

  1. Salud9.000.000 × 4%= $ 360.000
  2. Pensión9.000.000 × 4%= $ 360.000
  3. Fondo de solidaridad (IBC = 5,1 SMLMV)9.000.000 × 1%= $ 90.000
  4. Ingreso neto9.000.000 − 810.000= $ 8.190.000
  5. Renta exenta del 25%8.190.000 × 25%= $ 2.047.500
  6. Base gravable8.190.000 − 2.047.500= $ 6.142.500
  7. Base en UVT6.142.500 ÷ 52.374= 117,28 UVT
  8. Retención (tramo del 19%)(117,28 − 95) × 19% × 52.374= $ 222.000

Salario neto: $ 9.000.000 − 360.000 − 360.000 − 90.000 − 222.000 = $ 7.968.000

El mismo salario retenía $ 268.000 en 2025: al subir la UVT, los primeros 95 UVT exentos valen más en pesos y la retención baja aunque el salario no cambie.

Con el mismo salario y una deducción certificada por dependientes, la base baja y la retención se reduce de forma apreciable: por eso vale la pena entregar los certificados al empleador en enero de cada año.

Bases legales

Normas que regulan los descuentos de nómina y la retención en la fuente.

  • Ley 100 de 1993, arts. 20 y 204

    Fijan el aporte del trabajador en 4% para pensión y 4% para salud sobre el ingreso base de cotización.

  • Ley 797 de 2003, art. 8

    Aporte adicional al fondo de solidaridad pensional desde 4 salarios mínimos.

  • Estatuto Tributario, art. 383

    Tabla de retención en la fuente para pagos laborales, expresada en UVT.

  • Estatuto Tributario, art. 387

    Deducciones por intereses de vivienda, medicina prepagada y dependientes económicos.

  • Estatuto Tributario, arts. 206 y 336

    Renta exenta del 25% y límite global del 40% de los ingresos netos.

  • Código Sustantivo del Trabajo, arts. 128, 132 y 149

    Pagos no constitutivos de salario, salario integral y límites a los descuentos de nómina.

Por qué es una aproximación

La retención real la calcula el empleador con información que no está en esta herramienta: el procedimiento de retención aplicable, los pagos de meses anteriores, las primas y bonificaciones del año, y los certificados de deducciones efectivamente entregados. Usa el resultado para contrastar tu desprendible de pago, no como cifra oficial.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre los descuentos del salario en Colombia.

¿Qué le descuentan a un trabajador de su salario en Colombia?

Del salario se descuentan tres cosas obligatorias: 4% de salud, 4% de pensión y, si el ingreso base supera cuatro salarios mínimos, el aporte al fondo de solidaridad pensional (entre 1% y 2%). A eso se suma la retención en la fuente cuando el salario es alto.

Los descuentos voluntarios (libranzas, cooperativas, créditos) requieren autorización escrita del trabajador.

¿Sobre qué base se calculan los aportes de salud y pensión?

Sobre el ingreso base de cotización (IBC), que corresponde a los pagos que constituyen salario. El auxilio de transporte no entra al IBC, y los pagos pactados como no salariales tampoco.

En salario integral el IBC es el 70% del salario. El IBC tiene un tope de 25 salarios mínimos.

¿Desde cuánto se paga el fondo de solidaridad pensional?

Desde un IBC de 4 salarios mínimos. La tasa es del 1% entre 4 y 16 salarios mínimos, y sube progresivamente hasta el 2% para quienes superan 20 salarios mínimos (Ley 797 de 2003, art. 8).

¿Cómo se calcula la retención en la fuente sobre el salario?

Por el procedimiento 1 se depura la base así: se parte del ingreso bruto, se restan los aportes obligatorios de salud, pensión y fondo de solidaridad, luego las deducciones (intereses de vivienda, medicina prepagada y dependientes) y las rentas exentas, incluida la del 25%.

El resultado se divide por el valor de la UVT y se aplica la tabla del artículo 383 del Estatuto Tributario: hasta 95 UVT la retención es cero, y de ahí en adelante las tarifas van del 19% al 39%.

¿Qué es el límite del 40% en la retención?

El artículo 336 del Estatuto Tributario limita la suma de deducciones y rentas exentas al 40% del ingreso neto, con un tope anual de 1.340 UVT. Si tus beneficios tributarios superan ese límite, solo se aplica hasta el tope y el resto no reduce la base.

La calculadora muestra ese ajuste como una línea aparte en la depuración.

¿Por qué mi retención real es distinta a la de la calculadora?

Porque la retención depende de información que solo tiene tu empleador: los certificados que entregaste, si estás en el procedimiento 1 o 2, pagos de meses anteriores, prima, bonificaciones y novedades de nómina.

Esta herramienta aplica el procedimiento 1 con los datos que escribes, así que el resultado es una aproximación útil para contrastar tu desprendible, no una cifra oficial.

¿El auxilio de transporte se suma al salario neto?

Sí, se suma al pago que recibes, aunque no haga parte del IBC de seguridad social. Lo reciben quienes devengan hasta dos salarios mínimos.

Para la retención en la fuente sí se considera parte del ingreso del mes.

Para entender la decisión

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