Prestación de servicios vs. contrato laboral: cuánto debes cobrar para ganar lo mismo
Pasar a prestación de servicios por el mismo valor mensual es, casi siempre, una rebaja encubierta. Esta es la cuenta que conviene hacer antes de firmar.
«Te pasamos a prestación de servicios por el mismo valor». Si alguna vez te hicieron esa propuesta y te pareció neutral, esta es la cuenta que convendría haber hecho: pasar de empleado a contratista por la misma cifra mensual equivale a una rebaja de entre el 30% y el 35%.
Qué cambia entre las dos figuras
No es solo el tipo de papel que firmas. Cambian cinco cosas a la vez, y todas tienen precio:
| Concepto | Empleado | Contratista |
|---|---|---|
| Salud y pensión | Aporta el 8%; el empleador pone el 20,5% | Aporta el 28,5% completo sobre el 40% del ingreso |
| Prima de servicios | Un mes de salario al año | No existe |
| Cesantías e intereses | Un mes más el 12% | No existen |
| Vacaciones | 15 días hábiles pagados | Si no trabaja, no factura |
| Estabilidad | Indemnización si lo despiden sin causa | El contrato termina en la fecha pactada |
La cuenta completa
Tomemos a alguien que gana $ 5.000.000 como empleado y le proponen $ 7.000.000 mensuales como contratista. Parece un aumento del 40%.
Empleado con $5.000.000 frente a contratista con $7.000.000
Datos
- Salario como empleado
- $ 5.000.000
- Tarifa como contratista
- $ 7.000.000
- Clase de riesgo
- I (trabajo de oficina)
Paso a paso
- Empleado: ingreso anual total5.000.000 × 12 + prima + cesantías + intereses= $ 70.600.000
- Empleado: aportes del año (8%)5.000.000 × 8% × 12= − $ 4.800.000
- Empleado: neto anual aproximado70.600.000 − 4.800.000= $ 65.800.000
- Contratista: ingreso anual7.000.000 × 12= $ 84.000.000
- Contratista: aportes del año$ 812.616 × 12= − $ 9.751.392
- Contratista: neto anual$ 84.000.000 − $ 9.751.392= $ 74.248.608
Diferencia a favor del contratista: $ 8.448.608 al año. El "40% más" se reduce a cerca del 5%.
Y eso asumiendo que el contratista factura los doce meses. Si toma tres semanas de descanso al año, no factura esas semanas: la diferencia desaparece y se vuelve negativa.
La fórmula de equivalencia
Para no rehacer la cuenta cada vez, esta aproximación funciona bien para una clase de riesgo I y un ingreso por encima del piso de cotización:
Tarifa mínima equivalente ≈ salario × 1,30 ÷ 0,884
El 1,30 repone prestaciones y vacaciones; el 0,884 descuenta los aportes que ahora asumes completos.
Es decir, cerca de 1,47 veces el salario. Para un salario de $ 5.000.000, la tarifa de equilibrio ronda los $ 7.400.000. Por debajo de eso, estás perdiendo dinero aunque la cifra suene mayor.
Si además quieres reponer el riesgo de no tener estabilidad ni subsidio de desempleo, y el tiempo que dedicarás a facturar, contabilidad y declaración de renta, el factor sensato está más cerca de 1,6.
El piso de cotización castiga a los contratos pequeños
Cuando el contrato esconde una relación laboral
Hay un límite legal que la propuesta suele ignorar. Si en la práctica cumples horario, recibes órdenes, usas las herramientas de la empresa y no puedes delegar tu trabajo, lo que existe es un contrato de trabajo, sin importar lo que diga el papel.
Es el principio de primacía de la realidad, de rango constitucional. Si se prueban los tres elementos —prestación personal del servicio, remuneración y subordinación— un juez declara el contrato realidad y ordena pagar todas las prestaciones dejadas de percibir, los aportes y, con frecuencia, la indemnización moratoria.
El plazo para reclamar es de tres años. Guardar correos, horarios, actas y constancias de órdenes recibidas es lo que después sostiene el caso.
Cuándo sí conviene
La prestación de servicios tiene sentido cuando:
- La tarifa supera con holgura el factor de equivalencia, idealmente por encima de 1,6 veces el salario.
- Trabajas para varios clientes: la independencia real diluye el riesgo de depender de uno solo.
- Controlas tu tiempo y tu método, y puedes aumentar ingresos tomando más proyectos.
- Tienes capacidad de ahorro para cubrir los meses sin contrato y tus propias vacaciones.
No conviene cuando la figura es solo una forma de que la empresa se ahorre prestaciones manteniendo el mismo control sobre tu trabajo. Esa combinación —misma subordinación, menos derechos— es precisamente la que la ley no permite.
Calcula tus aportes reales en la calculadora de seguridad social para independientes y compara con lo que te quedaría como empleado en la calculadora de salario neto.