Calculadora de prima de servicios 2026
Calcula la prima de servicios que te corresponde en junio o en diciembre. Si no trabajaste el semestre completo, la herramienta liquida la parte proporcional a los días laborados.
Completa estos datos para ver el resultado
- Ingresa el salario básico mensual.
- Ingresa una fecha de ingreso válida.
- Ingresa la fecha de corte (fin del semestre o fecha de retiro).
Fórmula utilizada
La prima equivale a 30 días de salario por año, pagados en dos cuotas semestrales.
Base de liquidación
Base = salario básico + promedio de pagos variables + auxilio de transporte
El auxilio de transporte sí es factor de la prima de servicios.
Prima del semestre
Prima = (base × días trabajados en el semestre) ÷ 360
Con 180 días (semestre completo) el resultado equivale a 15 días de salario.
Periodos de causación
- Primera cuota: del 1 de enero al 30 de junio, con pago máximo el 30 de junio.
- Segunda cuota: del 1 de julio al 31 de diciembre, con pago máximo el 20 de diciembre.
Los días se cuentan con el año comercial de 360 días: cada mes vale 30 días, así que un semestre completo son 180 días.
Ejemplos paso a paso
Un semestre completo y un caso proporcional, con parámetros verificados de 2025.
Semestre completo con auxilio de transporte
Datos
- Salario básico
- $ 1.800.000
- Auxilio de transporte (2025)
- $ 200.000
- Días trabajados
- 180 (semestre completo)
Paso a paso
- Base de liquidación1.800.000 + 200.000= $ 2.000.000
- Prima del semestre(2.000.000 × 180) ÷ 360= $ 1.000.000
Prima a recibir: $ 1.000.000, equivalente a 15 días de la base
Prima proporcional: ingreso a mitad del semestre
Datos
- Salario básico
- $ 1.800.000
- Auxilio de transporte (2025)
- $ 200.000
- Fecha de ingreso
- 1 de octubre de 2025
- Fecha de corte
- 31 de diciembre de 2025
Paso a paso
- Días del semestre trabajados3 meses × 30 días= 90 días
- Base de liquidación1.800.000 + 200.000= $ 2.000.000
- Prima proporcional(2.000.000 × 90) ÷ 360= $ 500.000
Prima a recibir: $ 500.000, la mitad de la cuota semestral completa
Bases legales
Normas que regulan la prima de servicios en Colombia.
Código Sustantivo del Trabajo, art. 306
Establece la prima de 30 días de salario por año y las fechas máximas de pago.
Ley 1788 de 2016
Extiende la prima de servicios a los trabajadores del servicio doméstico y a quienes laboran por días.
Código Sustantivo del Trabajo, art. 127
Define qué pagos constituyen salario y, por tanto, integran la base de la prima.
Ley 15 de 1959 y decreto anual de salario mínimo
Auxilio de transporte, factor de liquidación de la prima.
Qué no incluye este cálculo
No se descuentan aportes de seguridad social, porque la prima no constituye salario para ese efecto. Tampoco se modelan licencias no remuneradas ni suspensiones del contrato, que descuentan días de la base. Si tuviste alguno de esos periodos, resta esos días del tiempo trabajado.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes sobre la prima de junio y de diciembre.
¿Cuánto es la prima de servicios y cuándo se paga?
La prima equivale a 30 días de salario por año trabajado, pagados en dos cuotas: la primera a más tardar el 30 de junio y la segunda a más tardar el 20 de diciembre.
Cada cuota corresponde a 15 días de salario cuando se trabajó el semestre completo.
¿Cómo se calcula la prima proporcional?
Con la fórmula (base de liquidación × días trabajados en el semestre) ÷ 360. La base incluye el salario y el auxilio de transporte.
Si trabajaste 90 de los 180 días del semestre con una base de $ 2.000.000, la prima es (2.000.000 × 90) ÷ 360 = $ 500.000.
¿Quién tiene derecho a la prima de servicios?
Todos los trabajadores dependientes, sin importar la duración del contrato ni la modalidad. La Ley 1788 de 2016 extendió el derecho a las trabajadoras y trabajadores del servicio doméstico, a los conductores de servicio familiar y a los trabajadores por días.
Quien trabajó solo una parte del semestre tiene derecho a la prima proporcional, incluso si ya terminó el contrato.
¿El auxilio de transporte se suma para calcular la prima?
Sí. Para la prima de servicios, igual que para las cesantías, el auxilio de transporte sí es factor de liquidación, aunque no sea salario para otros efectos.
¿A la prima le descuentan salud, pensión o retención?
No se le descuentan aportes de salud ni de pensión, porque la prima no constituye salario para seguridad social.
Tampoco se le aplica retención en la fuente si el trabajador está en el procedimiento 1 de retención. En el procedimiento 2 la prima entra en el cálculo del porcentaje fijo semestral.
¿Qué pasa si el empleador no paga la prima a tiempo?
El pago tardío constituye incumplimiento de una obligación laboral y puede dar lugar a sanciones del Ministerio del Trabajo, además de la indemnización moratoria del artículo 65 del CST si la mora se mantiene al terminar el contrato.
El trabajador puede presentar la queja ante el Ministerio del Trabajo o demandar ante la justicia laboral.
¿Las horas extras y las comisiones aumentan la prima?
Sí, cuando constituyen salario. En ese caso la base de la prima es el promedio de lo devengado en el semestre, incluyendo comisiones, horas extras y recargos, no solo el salario básico.
Otras calculadoras
- Calculadora de cesantías e interesesCesantías del año y el 12% de intereses que deben pagarte antes del 31 de enero.
- Calculadora de vacacionesDías hábiles causados, saldo pendiente y cuánto valen si te los compensan en dinero.
- Calculadora de liquidación laboralCesantías, intereses, prima, vacaciones e indemnización por despido sin justa causa, en un solo cálculo.
- Calculadora de indemnización por despidoDías e importe que corresponden por despido sin justa causa, en contrato indefinido, fijo o por obra.